Preguntas frecuentes
General
En la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias impartimos dos tipos de acciones formativas. Por un lado, la Formación Continuada, que comprende las formaciones de perfeccionamiento en materia de sanidad y política social, así como de prevención de riesgos laborales, dirigidas al personal del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, ambas del Gobierno de Canarias, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. De otro, nuestra Formación Abierta, dirigida al público en general en los ámbitos sanitario y social.
En la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias tramitamos dos tipos de acreditaciones independientes:
- Una, para aquellas personas que hayan superado la formación en Primeros Auxilios, Salvamento y Socorrismo Acuático.
- Otra, para las que hayan superado la Formación Inicial para la Capacitación en la Utilización de los Dispositivos de Desfibrilación Semiautomáticos Externos (DESA).
Consulta más información aquí.
La ESSSCAN se crea a través de la Ley 1/1993, de 26 de marzo (B.O.C. nº 41, de 02/04/1993) del Gobierno de Canarias, y nuestro objetivo es ofrecerte una formación de calidad, impartida por docentes con alta cualificación y con un amplio catálogo de cursos disponibles adaptados a cualquier nivel de conocimientos previos.
Más de 12.000 cursos realizados; más de 52.000 alumnos/as han pasado por nuestras aulas o Campus Virtual; más de 500 profesores/as cualificados han impartido nuestra formación.
¿Quieres saber más? Pregúntanos desde el formulario que podrás encontrar aquí.
En todas las acciones formativas que organizamos en la ESSSCAN la inscripción y/o matriculación la puedes hacer on-line. Si tienes alguna duda, consúltanos desde el formulario que podrás encontrar aquí.
El artículo 4 de la Ley 1/1993, de 26 de marzo, de Creación y Regulación de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, establece que desde la ESSSCAN podremos “(…) expedir diplomas, certificados o documentos acreditativos de los estudios realizados y de la capacitación obtenida, los cuales tendrán carácter oficial y acreditarán méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se establezca en las correspondientes convocatorias”.
El Reconocimiento de Oficialidad que otorgamos desde la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias no supondrá, en ningún caso, la expedición y homologación de títulos académicos y profesionales cuya competencia esté atribuida a la Administración General del Estado.
Dependerá de lo que al respecto se prevea en las correspondientes bases de la convocatoria.
Reconocimiento de Oficialidad
Desde la ESSSCAN no homologamos, pero podemos otorgar oficialidad a los cursos promovidos a través del procedimiento de Reconocimiento de Oficialidad. Este reconocimiento no presupone la valoración dentro de los concursos que puedan convocar las Administraciones Públicas, salvo que así se prevea en las correspondientes bases de la convocatoria.
No. La solicitud de Reconocimiento de Oficialidad ha de ser presentada con carácter previo a su celebración dos meses antes del inicio del curso.
Toda entidad organizadora de un curso que cuente con Reconocimiento de Oficialidad deberá tener en su poder una Resolución de Reconocimiento de Oficialidad en la que se identifique dicho curso, pudiendo el/la alumno/a solicitar a dicho centro que le facilite o muestre copia de la misma.
No, el Reconocimiento de Oficialidad se otorga al curso y no al centro que lo imparte.
Debes dirigirte a la Entidad que celebró el curso, y no a la ESSSCAN
– ¿ES IMPRESCINDIBLE TENER YA EL CURSO EN LA PLATAFORMA DE FORMACIÓN VIRTUAL?
Sí, las entidades que solicitan el Reconocimiento de Oficialidad para cursos a celebrar en modalidad online o e-learning, deberán aportar con la solicitud un identificador de usuario y una contraseña que nos permita acceder a la plataforma de formación para poder valorar detalladamente la acción formativa para la que se ha solicitado el citado reconocimiento. No obstante, si ello es imposible en el momento de la solicitud, por no estar implementada todavía la acción o por cualquier otro impedimento, se deberá aportar la totalidad de la documentación en soporte digital (en pendrive, soporte óptico (CD, DVD, etc.), por correo-e u otros).
– ¿ES NECESARIO FACILITAR EL IDENTIFICADOR DE USUARIO Y LA CONTRASEÑA EN CUALQUIER CASO, INCLUSO CUANDO YA HAYA SIDO OTORGADO EL RECONOCIMIENTO DE OFICIALIDAD?
Sí, siempre que el curso ya esté en la plataforma. Hemos de constatar que la acción formativa se ha virtualizado adecuadamente. El incumplimiento de este requisito puede dar lugar a la revocación del Reconocimiento de Oficialidad concedido.
SVB y DESA
Significan Soporte Vital Básico y Desfibriladores Externos Semiautomáticos
Las personas que hayan superado los cursos sobre formación inicial y continuada para la capacitación de la utilización de los dispositivos de desfibrilación semiautomáticos externos, organizados por la propia Escuela o por un centro externo acreditado cuya formación tenga el Reconocimiento de Oficialidad por parte de la ESSSCAN, realizada en la Comunidad Autónoma de Canarias
Las titulaciones exentas de acreditar la formación son las siguientes:
- Los/las Licenciados/as o Graduados/as en Medicina, Diplomados/as o Graduados/as en Enfermería y los/las Técnicos/as en Emergencias Sanitarias podrán utilizar los DESA sin que les sea exigible acreditar la formación prevista en el Decreto 157/2015, de 18 de junio, que aprueba el Reglamento por el que se regula la utilización de desfibriladores semiautomáticos y automáticos externos por los primeros intervinientes en la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 129 de 06/07/2015). Asimismo se consideran acreditadas para el uso del DESA las personas provenientes de otras Comunidades Autónomas o de otros estados miembros de la Unión Europea que tengan la formación necesaria reconocida para ejercer funciones análogas en su lugar de procedencia, previa declaración de su equivalencia prevista en la Disposición Transitoria Primera del citado Decreto.
- Mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de sanidad, podrán acordarse otras titulaciones o certificaciones profesionales que, por las enseñanzas incluidas en su currículo, capaciten para el uso del DESA sin que se precise la formación prevista en el citado Decreto.
Puedes consultar toda la información al respecto aquí
Una vez emitido, la validez se retrotrae a la fecha de finalización de la acción formativa, es decir, a la fecha en que finaliza el curso.
Sí. Este carnet debe renovarse cada tres años tras superar un curso de reciclaje.
Es aconsejable llevarlo contigo. Además, tras cada utilización del desfibrilador, su responsable deberá remitir al Servicio de Urgencias Canario, en las siguientes 24 horas, la hoja de datos y el soporte con los registros eléctricos que se generen.
Con carácter previo, los organismos, instituciones y empresas, públicas o privadas, o personas que en su domicilio particular deseen instalar un desfibrilador semiautomático externo deberán comunicarlo a la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
Puedes consultar más información aquí.
Sí. La emisión del carnet, tanto inicial, como tras su renovación trianual, implica el abono de unas tarifas que puedes consultar aquí.
Socorrismo en Piscinas de Uso Colectivo
Todas aquellas personas que realicen cursos de formación en esta materia, organizados por la Escuela, o que estén reconocidos oficialmente por la ESSSCAN.
Si cuentas con una titulación de Formación Profesional de Grado Medio en Socorrismo Acuático, o en la que hayas cursado módulos formativos relativos a Primeros Auxilios y Salvamento Acuático, estás exento/a de realizar la formación.
Puedes encontrar toda la información al respecto aquí.
Sí. La emisión del carnet implica el abono de unas tarifas que puedes consultar aquí
Tatuaje, Micropigmentación y/o Piercing
El/la aplicador/a de tatuaje, micropigmentación o perforado corporal (“piercing”) debe disponer de un nivel acreditado de conocimientos para realizar una prevención efectiva de los riesgos para la salud asociados a la práctica de estas actividades. A estos efectos, deberán superar el correspondiente curso de formación, impartido por entidades públicas o privadas.
Si eres licenciado/a o diplomado/a sanitario/a, o cuentas con una titulación de formación profesional de grado medio o superior en el área sanitaria, o estás titulado/a como Técnico/a Superior en Estética o Técnico/a en Estética Personal Decorativa, estás exento/a de realizar el curso. También si puedes acreditar la cualificación profesional de Maquillaje Integral.
No, existe un decreto que lo regula que puedes consultar aquí.
Si tienes alguna duda adicional, ponte en contacto con nosotros a través del formulario que podrás encontrar aquí.
Contacto
Puede contactar con nosotros para hacernos llegar sus consultas antes de acudir a nuestras oficinas.